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Seguros HSBC - Plan 16
 

Este producto es viable para aquellos que viajan dentro o fuera de Costa Rica en calidad de turista, estudiante o ejecutivo y tiene la ventaja de que la protección es las 24 horas del día y en cualquier parte del mundo.

Usted puede suscribir este seguro, si viaja como mínimo  por una semana o  hasta veintiséis semanas máximo.

Hay que tomar en cuenta que la edad de contratación se extiende hasta los 70 años; sin embargo, se otorga a personas mayores de 70 años hasta los 80 años, pero con  un recargo del 27% sobre la prima y no cubre en caso de incapacidad permanente ni las enfermedades agudas que pueda sufrir en el viaje.

 
Viajero en colones se puede adquirir en forma individual o colectiva y la protección se da en caso de:
  • Muerte accidental.
  • Incapacidad permanente por accidente.
  • Repatriación de cadáver. 
  • Gastos médicos por accidente y enfermedad aguda.
El costo del seguro depende de la opción de aseguramiento que elija:
¢ 500 mil, ¢ 1 millón, ¢ 3 millones, ¢ 5 millones y ¢ 10 millones y de la cantidad de semanas que dure el viaje.
En caso de reclamo bajo la cobertura de gastos médicos, el asegurado debe participar en un 10 por ciento del total de gastos cubiertos en la cobertura, con un mínimo de   ¢5.000 por cada evento.
Para tramitar el reclamo, según la cobertura que corresponda, debe presentar:
Gastos Médicos
  • Constancia del médico (diagnóstico, tratamiento, procedimiento quirúrgico, fechas, costos).
  • Recetas médicas en el caso de medicamentos y prescripciones médicas en exámenes de laboratorio, ultrasonido, rayos x, resonancias, etc.
  • Facturas originales canceladas.
Muerte Accidental
Certificado emitido por el Registro Civil (tomo, folio, asiento, causa de defunción)
  • Solicitud de indemnización por parte del beneficiario.
  • Fotocopia de las cédulas.
  • Sumaria.
Repatriación de Restos Mortales
  • Facturas originales.
  • Solicitud de  indemnización por parte del beneficiario.
Incapacidad Total y Permanente
  • Certificación médica indicando el porcentaje  de incapacidad.
  • Solicitud de indemnización por parte del asegurado.
 
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