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REGLAMENTO REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN
“Hoy lo mejor es estar en el mejor banco global”

 

Con el fin de establecer el marco legal y condiciones generales con que se desarrollará la Promoción “Hoy lo mejor es ahorrar en el banco número uno del mundo” y durante la vigencia de la misma, la empresa BANCO HSBC (COSTA RICA) S.A., con cédula jurídica número tres- ciento uno- cero cuarenta y seis mil ocho, emite el presente Reglamento, el cual se regirá por las disposiciones del Ordenamiento Jurídico de la República de Costa Rica y por lo establecido en los siguientes ARTÍCULOS:

La promoción mencionada se regirá bajo las reglas y condiciones establecidas en este reglamento.  El Organizador se reserva el derecho de descalificar y/o exigir la devolución de los premios otorgados a aquellos participantes que directa o indirectamente hayan alterado, incumplido o violado, las normas establecidas en este reglamento.
Por el solo hecho de participar en la promoción, los participantes aceptan todas las reglas de este reglamento en forma incondicional, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad de los organizadores.  Asimismo, aceptan someterse a las decisiones de los organizadores en cualquier asunto relacionado con la promoción.
El otorgamiento de cualquiera de los premios estará condicionado al cumplimiento previo de todas y cada una de las leyes y regulaciones aplicables, así como de lo dispuesto por este reglamento.

Artículo 1. Del patrocinador y del reglamento.
La promoción denominada  “Hoy lo mejor es ahorrar en el banco número uno del mundo” es organizada por Banco HSBC (Costa Rica) S.A., cédula jurídica tres- ciento uno- cero cuarenta y seis mil ocho, en adelante conocida como el “ORGANIZADOR”. 

Este reglamento delimitará y aclarará las condiciones bajo las cuales se regirá La promoción denominada “Hoy lo mejor es ahorrar en el banco número uno del mundo”. Lo aquí dispuesto será de acatamiento obligatorio para participantes y organizadores.  La publicación de este reglamento se hará previamente a la entrada en vigencia de este reglamento en la página web (www.hsbc.fi.cr) del ORGANIZADOR y en todos aquellos medios que considere pertinentes.

Artículo 2. Plazos:   
Esta promoción se regirá por los siguientes plazos, que son de carácter perentorio:

  • Plazo promocional: La promoción es válida por tiempo limitado. El plazo promocional inicia el día catorce de septiembre del 2009 y finaliza el día treinta de noviembre del 2009 ambos inclusive. Pasada esta última fecha caducará el derecho de participar en forma alguna.
  • Fecha de los sorteos: El sorteo se realizará el siete de diciembre del 2009.  Los organizadores podrán modificar la fecha del sorteo por razones de conveniencia u oportunidad, pero este cambio no modifica el plazo de participar en la promoción, para no afectar las probabilidades de ganar.
  • Anuncio de los ganadores: Los ganadores de esta promoción  se anunciarán al público dos semanas después de haberse realizado el sorteo por medio de la página web www.hsbc.fi.cr y estarán disponibles en las sucursales de los organizadores para que cualquier interesado pueda consultarlos.
  • Fecha límite para reclamar el premio: Después de haber sido publicado el nombre de los ganadores, éstos disponen de 30 días naturales para reclamar el premio. Una vez vencido este plazo no tendrán derecho a reclamarlo ni pretender indemnización alguna.

 Artículo 3. De la forma de participar.
Solamente podrán participar en esta promoción personas físicas que sean mayores de edad que cuenten con un documento de identificación válido y vigente desde el inicio de la promoción y hasta el día de la entrega efectiva del premio, reconocido por el Gobierno de la República de Costa Rica, que conozcan y acepten en forma anticipada las condiciones y limitaciones establecidas en este reglamento.
No podrán participar las siguientes personas: a. Empleados, ejecutivos y funcionarios de la empresa organizadora; b.  Empleados, ejecutivos y funcionarios de las agencias de publicidad y demás proveedores involucrados en esta promoción;  c. Los parientes hasta segundo grado por consanguinidad y/o afinidad de todos los anteriores.
Para poder participar, los interesados deberán realizar depósitos en cualquiera de las siguientes cuentas:

  • Cuenta Maestra
  • Cuenta Corriente
  • Débito
  • Suma
  • Suma Sueños

Los depósitos deben ser iguales o superiores a ciento cincuenta mil colones (¢150.000) moneda de curso legal de Costa Rica, o doscientos cincuenta dólares ($250) moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, a través de las ventanillas de cualquier sucursal HSBC o mediante transferencia electrónica, todo de conformidad con los diferentes programas definidos en este reglamento.
Para poder participar, los interesados deberán mantener un saldo promedio mensual de ¢250.000 o $500 en su cuenta bancaria.
Los requisitos indispensables para participar y ganar:
a-) Ser poseedor de una Cuenta Maestra, Cuenta Corriente, Cuenta de Débito, Cuenta Suma o Cuenta Suma Sueños HSBC y generar depósitos en cualquiera de ellas durante el período promocional por el monto establecido para esta promoción.
b-) Cumplir con este reglamento.
c-) La Cuenta HSBC que se utilice para participar deberá estar al día en sus pagos mínimos, y depósito deberá ser aceptado por el sistema.
d-). La persona que sea declarada como favorecida deberá estar al día en todas las operaciones que tenga con el banco patrocinador; o sea, que no ostente el cargo de morosa ni sobregirada al momento de resultar favorecida.
e-). Se entiende que la persona favorecida es la titular de la Cuenta en la que realizó el (los) depósito(s); pues ha tenido que firmar el recibo correspondiente. En el caso de las Cuentas Suma Sueños, se entiende que la persona favorecida es el tutor del menor a nombre del cual se encuentra registrada la cuenta.
f)-. Participan únicamente los depósitos efectuados por ventanilla en cualquiera de las Sucursales HSBC o mediante transferencia electrónica.
Las Acciones se generarán de forma automática, por lo que el cliente no necesitará inscribirse para poder participar. Después de del sorteo las acciones correspondientes a dicho período caducarán en forma automática. En caso de que HSBC considere conveniente extender esta promoción por un período determinado, las nuevas acciones comenzarán a generarse a partir del primer día de ese nuevo período las cuales nuevamente podrán generarse y acumularse de acuerdo con lo establecido en este reglamento.
Las acciones acumuladas no tienen valor monetario y no pueden intercambiarse por dinero ni ser objeto de compraventa. Las acciones serán acumuladas de manera no fraccionaria.

Artículo 4. Utilización de las acciones en otras promociones:
Las acciones acumuladas por los clientes no serán aplicadas a promociones futuras que HSBC implemente aunque sean compatibles con lo aquí estipulado.

Artículo 5. De los premios y de los 5 ganadores:
En esta promoción se sortearán dos premios que serán asignados de la misma forma a las personas favorecidas:

  • Un viaje para dos personas a Buenos Aires, Argentina que incluye:
    • 2 tiquetes aéreos vía Millas Distancia de TACA
    • Traslados aeropuerto / hotel / aeropuerto en servicio privado
    • Alojamiento en hoteles indicados por 4 noches incluidos desayunos e impuestos
    •  Visita de la ciudad
    • Cena show en Opera Pampa incluidos traslados y bebidas
    • Cena show Tango Palace incluidos traslados y bebidas
    • Tour de compras en Unicenter Shopping
    • Tarjeta de asistencia clásica por 5 días
  • Un viaje para dos personas Ciudad de Panamá, Panamá que incluye:
    • 2 tiquetes aéreos vía Millas Distancia de TACA
    • Hospedaje en el Marriott Panamá

El organizador  no cubrirá los gastos en que incurra el ganador para hacer efectivo su premio ni para el goce y disfrute del mismo.
El premio no incluye impuestos de salida, así como cualquier otra tasa o contribución, sean presentes o futuras, que se deban cancelar son responsabilidad del cliente.
Los paquetes no incluyen la alimentación ni ningún otro servicio que no haya sido especificado dentro del paquete. Todos aquellos rubros, cargos y/o tributos que sean generados por la adquisición del premio y para su uso correrán por cuenta exclusiva del cliente o participante. 
Cualquier costo extra o cualquier gasto en que incurra el ganador para retirar o disfrutar el premio, corren por cuenta del favorecido.
El ganador, al firmar el recibo de su premio manifiesta su conformidad y exime de toda responsabilidad a los organizadores.   Una vez recibido el premio de conformidad, los organizadores no responderán por cualquier daño, pérdida o menoscabo que sufra el  mismo por razones que no le sean imputables al organizador. 
Para ser acreedores de los premios, los participantes deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en el presente reglamento.
Se debe entender que el premio aquí descrito es indivisible, intransferible y no negociable por otro bajo ninguna circunstancia. El uso o destino que cada favorecido haga con los premios acreditados, en virtud de esta promoción, será su única responsabilidad, pues la obligación del ORGANIZADOR culmina con la entrega del premio. 

Artículo 6. Del sorteo.
El sorteo se llevará a cabo en las oficinas de BANCO HSBC (Costa Rica) S.A. y en presencia de un notario público quien levantará un acta haciendo constar la identidad de los ganadores y de los suplentes.  Se determina que no podrán decretarse ganadores en el caso de comprobarse antes de realizarse el sorteo que nadie ha cumplido con las condiciones mínimas de participación mencionadas. Los organizadores podrán modificar la fecha del sorteo por razones de conveniencia u oportunidad, pero este cambio no modifica el plazo de participar en la promoción, para no afectar las probabilidades de ganar.

El día del sorteo se emitirá un reporte de todas las acciones generadas según las reglas antes expuestas y que cumplan con las demás condiciones estipuladas en este reglamento. El reporte  de participantes será ordenado de forma ascendente de acuerdo al número de acciones y a cada una se le asignará un número consecutivo empezando desde el número uno, el cual será asignado al primer participante de la lista, y así sucesivamente hasta terminar con el último participante de la lista, dicho número será con el que cada acción podrá  participar en el sorteo.
El ORGANIZADOR dispondrá de un sistema interno, donde se contemplan todas las acciones generadas en los diferentes productos que participan en esta promoción. El sistema trabajara mediante un sistema aleatorio que se encuentra determinado por una fórmula matemática que se denomina “Random”, la cual da un número que va de punto cero a punto uno; éste número se multiplica por la cantidad de participantes que haya sido asignada, y así se obtendrán los números de los participantes favorecidos y los suplentes. Los números favorecidos serán localizados en la lista de operaciones y los titulares de las mismas serán los ganadores.
Los ganadores potenciales estarán sujetos a verificación por parte de los organizadores en cuanto a las condiciones de la promoción y sus datos personales.  Ninguna participación deberá considerarse como ganadora hasta tanto no se verifique la elegibilidad del participante, la veracidad de la información brindada, y el cumplimiento de los demás requisitos de este reglamento.

Artículo 7. De la publicación del reglamento y de los ganadores.
Tanto el presente reglamento como la lista de ganadores será publicada en la página web www.hsbc.fi.cr, sin embargo para el caso de la lista de ganadores, la misma será publicada dos semanas después de la fecha del sorteo. El ORGANIZADOR se reserva el derecho de contactar directamente por los procedimientos que considere pertinentes a los favorecidos de esta promoción.

Artículo 8. Del reclamo y  la entrega de los premios.
Los ganadores potenciales serán contactados telefónicamente por el organizador según los datos aportados por el participante. El organizador realizará un máximo de tres intentos de localizar a cada  ganador.  De cada intento se dejará constancia escrita.  Si no fuese posible localizar a algún ganador potencial, se dejará constancia escrita de tal circunstancia y se procederá a dar un plazo de 30 días naturales a partir de la publicación  de los nombres de los ganadores, para que éstos se contacten con el Organizador, si vencido este plazo algún ganador potencial no se presenta a reclamar su premio, se procederá  convocar al primer suplente elegido. Los organizadores harán sus mejores esfuerzos por localizar cada ganador potencial, sin que esto implique que asumen responsabilidad alguna en caso de no hallarlo.

Los favorecidos tienen como fecha máxima para completar el viaje el 31 de julio del 2010.
El ORGANIZADOR establecerá los trámites y/o procedimientos y requisitos que considere necesarios para la debida entrega de los premios, lo cual incluye la obligación del cliente ganador de  firmar un documento de recibido conforme en el momento de la entrega del premio, contra presentación de su documento de identidad al día. Para reclamar efectivamente su premio, cada ganador potencial deberá acudir por sus propios medios a las Oficinas Centrales del Organizador, ubicadas en las Oficinas Centrales del ORGANIZADOR, en su horario de oficina, y portar su cédula de identidad o cualquier otro documento oficial que acredite su identidad y que es mayor de edad.  Asimismo, deberá firmar una declaración jurada de elegibilidad, y una liberación de responsabilidad en beneficio de los organizadores.
Si un participante seleccionado no se comunica dentro del plazo indicado, si se niega a firmar la declaración jurada y liberación de responsabilidad, o si de cualquier manera incumple este reglamento, se entenderá que renuncia a su premio.
Para prever este supuesto, el organizador elegirá el día del sorteo a un mínimo de cinco suplentes para que reciban el premio en caso que por cualquier motivo alguno de los ganadores potenciales seleccionados no sea elegible.  El orden de las suplencias será el mismo en que fueron seleccionados, y el nombre de los suplentes no se hará público a menos que sea necesario darles un premio.  Si ninguno de los suplentes anteriores cuenta con los requisitos de elegibilidad, se realizará una nueva selección de suplentes hasta obtener un posible elegible.
Cada premio deberá ser reclamado por la persona ganadora, y debe llevar su cédula de identidad o documentos de identificación válidos, al día y reconocidos por el Gobierno de la República de Costa Rica. No obstante, el ganador podrá autorizar a un tercero a retirar su premio, para ello deberá contar con una autorización escrita del ganador, autenticada por un abogado y una copia certificada por un notario de la identificación del cliente favorecido y del tercero autorizado. Para aquellos casos donde se presente un apoderado del cliente, dicho poder (en el caso de poderes especiales) o personería (en caso de poderes inscribibles en el Registro Público) no podrá tener más de un mes de emitido, si tuviera más tiempo, tendrá que presentar la certificación correspondiente indicando que dicho poder se encuentra al día, así como copia certificada por un notario del documento de identidad. 

Artículo 9. Responsabilidad del organizador.
Los organizadores son responsables únicamente por la entrega del premio indicado en este reglamento y por la aplicación del mismo.  Los ganadores de los premios serán responsables del uso y disfrute que le den al mismo.  Al registrarse los participantes liberan de responsabilidad a los organizadores, copatrocinadores, empresas afiliadas, y demás involucrados en esta promoción, así como a sus ejecutivos, empleados, representantes o agentes por cualquier daño que surja directa o indirectamente como consecuencia de su participación en la promoción, o que resulte en forma directa o indirecta de su aceptación, retiro o posesión del premio, o bien del hecho que su identidad se haga pública por el hecho de haber participado y/o ganado en la promoción.

El Organizador podrá solicitar al ganador la firmar un documento proporcionado al efecto por EL ORGANIZADOR liberándolo expresamente de responsabilidad por su uso o funcionamiento. Si el participante se niega a firmar dicho documento no podrá retirar su premio y caducará automáticamente el derecho de reclamo del premio.

EL ORGANIZADOR no responderá por cualquier daño, pérdida o en los que puedan ocurrir por el uso y disfrute de los premios de esta promoción,  que se hayan  entregado a los favorecidos. La  responsabilidad del ORGANIZADOR culmina con la acreditación del premio con las características establecidas en este reglamento, no garantiza que el premio servirá para un fin específico o cumplirá un propósito o uso determinado.
Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad de los organizadores por: a) Gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el premio o para disfrutarlo; b) Daños sufridos a la integridad o bienes de los ganadores o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del premio.

Artículo 10. Derechos de imagen.
Los participantes aceptan y autorizan al participar en esta promoción que su nombre, voz e imagen aparezcan en programas de televisión, publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación con fines promocionales que el ORGANIZADOR desee hacer durante la promoción o una vez finalizada la misma, sin que ello implique la obligación de remunerarlos o compensarlos adicionalmente. Así mismo, renuncian a cualquier reclamo por derechos de imagen.

Artículo 11. Relación entre las partes. 
Ninguna disposición de la presente promoción se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes más allá de lo necesario para dar cumplimiento a las estipulaciones de esta promoción. Ningún participante o ganador de la promoción, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante o agente de la compañía organizadora ni de los patrocinadores de la promoción. 
Con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad.

Artículo 12.  Suspensión de la promoción:
Los organizadores se reservan el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de premios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores. La alteración de documentos e información sobre los ganadores así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

 Artículo 13. Información personal:
La totalidad de la información proporcionada por los participantes pertenecerá al Organizador.  Los participantes, al aportar sus datos, autorizan el acceso a dicha información por parte de los organizadores y su inclusión en una base de datos si a bien lo tuviese el organizador, autorizando además el uso de dicha base de datos para enviar información comercial de la empresa organizadora o de terceros, así como cualquier fin comercial que no esté prohibido.

Artículo 14. Identidad de los ganadores:
Al finalizar la promoción, los nombres, número de cédula o datos de identidad de los ganadores estarán disponibles para ser consultados por cualquier interesado.

Artículo 15. Restricciones y limitaciones.
1- La responsabilidad del patrocinador culmina con la acreditación del premio, no se responsabilizan por accidentes, muerte, enfermedades, gastos médicos y demás daños y perjuicios en los que puedan ocurrir los clientes por el uso y disfrute de los premios entregados; 2-. El patrocinador se responsabiliza únicamente por la entrega de los premios con las características señaladas en este Reglamento; 3-. El patrocinador no se hará cargo de ningún gasto incurrido por los favorecidos con los premios para retirar o hacer efectivos los mismos; 4-. Si un favorecido no acepta un premio o las condiciones de los mismos, este premio se considera renunciado y extinguido en relación al favorecido y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente. Y en este caso el Organizador no esta obligado en asignar otro ganador; 5-. Cada favorecido deberá firmar conforme el recibo de su premio, aceptando todas las limitaciones y condiciones que el premio represente y de tal forma liberará al patrocinador de toda responsabilidad. En el evento injustificado de haber aceptado un premio, pero por la circunstancia que sea, se negase a recibirlo o a culminar el papeleo respectivo, el favorecido perderá su derecho al premio; 6-. Los premios no son transferibles, negociables, ni pueden ser comerciados. Estos premios serán entregados únicamente a la persona favorecida según los términos de este reglamento y conforme a la información que conste en los registros de Banco HSBC (Costa Rica) S.A.; 7-. Si se demuestra que una persona formalizó incorrectamente el producto, no brindó sus datos en forma correcta, o recibió un premio por medio de engaño o falsificación, el ORGANIZADOR podrá reclamar el premio entregado en cualquier momento, y se reserva el derecho de tomar las acciones legales del caso; 8-. El Organizador suspenderá en forma inmediata la presente promoción, sin asumir responsabilidad  alguna, si se llegaren a detectar defraudaciones tales como alteraciones, imitaciones, reimpresiones, sustituciones o cualquier otra irregularidad entre los clientes que pretendan participar, o si se presentara una circunstancia de fuerza mayor que afecte gravemente los intereses de la empresa patrocinadora. Esta circunstancia se comunicará públicamente, fecha a partir de la cual la promoción cesará; 9-. El Patrocinador se reserva el derecho de modificar las fechas y premios estipulados, así como realizar la correcta interpretación de las condiciones y otros aspectos de esta promoción. 10-. Cualquier violación a las mismas o a los procedimientos o sistemas establecidos para  la promoción implicará la inmediata exclusión de la misma y/o la revocación y retiro del premio.   11.- En esta promoción NO podrán participar los empleados del ORGANIZADOR, ni empleados de  las sociedades que conforman el Grupo Financiero HSBC. Misma restricción aplica para familiares hasta segundo grado de consanguinidad y/o afinidad de dichos empleados. 12.- En caso de que por error se le comunique a una persona que ha salido favorecido pero no cumple con los términos de este reglamento, acepta y conoce que el Organizador no estará obligado a entregarle el premio y renuncia a cualquier tipo de reclamo contra el Organizador. 13.- Es responsabilidad de HSBC la publicación del presente reglamento por los medios que determinen más convenientes, con el fin de dar a conocer las condiciones de participación de la presente promoción. HSBC se compromete a publicar durante el plazo de la promoción el reglamento en la página web y la lista de ganadores y en todos aquellos medios que considere pertinentes). 14.- EL ORGANIZADOR se reserva el derecho de realizar la correcta interpretación de las condiciones, así como de definir las reglas aplicables a cualquier situación no prevista en este reglamento.

Artículo 16. Consultas y reclamos.
Cualquier duda o reclamo sobre los alcances e interpretación del presente reglamento podrá evacuarse a través del número telefónico 2287-1111 del Call Center de BANCO HSBC (Costa Rica) S.A. sin que la respuesta implique bajo ninguna circunstancia una modificación total o parcial de este reglamento o una dispensa de su cumplimiento.

 
 
     
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