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REGLAMENTO:
REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN

“Sus compras le llevan al destino de sus sueños”
 

TITULAR, BANCO Y PARTICIPANTES

El funcionamiento, publicidad y derechos de autor de esta promoción, pertenecen de forma exclusiva a Banco HSBC Costa Rica S.A. en adelante “el Banco” o “HSBC”, a nombre de las tarjetas de crédito ONEPASS HSBC en adelante “las tarjetas OnePass HSBC”. Incluyendo las obligaciones derivadas de los contratos de las tarjetas de crédito antes indicadas.

Por “el reglamento” entiéndase este documento, por “la promoción” la actividad promocional que aquí se regula, y por “titular” la persona a nombre de quién aparece la tarjeta de crédito.     

El titular debe de cumplir con las siguientes condiciones para poder participar:
a. Persona físicas, mayores de edad, nacionales o extranjeros titulares   de alguna de las tarjetas OnePass HSBC.
b. Es indispensable que el titular esté activo y al día con todas las obligaciones con el Banco, y que la tarjeta OnePass HSBC esté al día con todos sus pagos. Las tarjetas de crédito y las operaciones crediticias se rigen por la normativa respectiva y por los correspondientes contratos individuales.
c. Podrán también participar aquellos que adquieran una de dichas tarjetas  durante el período de la promoción, a partir de la activación de la misma, mediante la realización de la primera transacción.
d. Participan las transacciones hechas con tarjetas adicionales, pero se acreditan al titular de la tarjeta principal.
e. Los interesados en participar deberán tener al momento del sorteo: a) Pasaporte vigente con al menos 7 meses de vigencia a partir de la fecha del sorteo; b) Contar con un documento de identificación válido y reconocido por el Gobierno de Costa Rica; c) Contar con todas las visas que puedan ser requeridas por el país de destino o por cualquier país que eventualmente se utilice como tránsito, con al menos 7 meses de vigencia a partir de la fecha del sorteo.

Todos los participantes de la presente promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y por lo tanto, conocer la forma de participación, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los premios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún premio, se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. El Banco podrá exigir que el titular se adhiera a las cláusulas del reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de éste último a hacerlo exonerará al Banco de la obligación de entregar el premio y de cualquier responsabilidad relacionada.

La persona que resulte favorecida con el premio deberá cumplir con las condiciones que el Banco ha establecido en este reglamento, para
poder acceder a él.

PLAZOS:

Esta promoción se regirá por los siguientes plazos, que son de carácter perentorio:

Plazo promocional: El plazo promocional inicia el día 16 de Setiembre de 2010 y finaliza el día 16 de Dicimebre de 2010.

Fecha del sorteo: El sorteo se realizará el día 20 de Diciembre de 2010.  Los organizadores podrán modificar la fecha del sorteo por razones de conveniencia u oportunidad, pero este cambio no modifica el plazo de participar en la promoción, para no afectar las probabilidades de ganar.

Anuncio del ganador: El ganador de esta promoción  se anunciará al público ocho días naturales después de haber realizado el sorteo por medio de nuestra página de Internet www.hsbc.fi.cr y también estará la información disponible en las sucursales del Banco HSBC para que cualquier interesado pueda consultarlo.

Fecha límite para reclamar el premio: Después de haber sido publicado el nombre del ganador, éste dispone de 15 días hábiles para reclamar el premio. Una vez vencido este plazo no tendrán derecho a reclamarlo ni pretender indemnización alguna.

VIGENCIA Y FORMA DE PARTICIPACIÓN

Participarán todos los titulares de Tarjetas OnePass HSBC cuyas tarjetas estén activas en el período de la promoción.

Solamente podrán participar de la promoción los propietarios personas físicas de las tarjetas Titulares y adicionales de cualquiera de las Tarjetas OnePass HSBC.  

No podrán participar las siguientes personas: a. Empleados, ejecutivos y funcionarios de la empresa organizadora; b.  Empleados, ejecutivos y funcionarios de las agencias de publicidad y demás proveedores involucrados en esta promoción;  c. Los parientes hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad de todos los anteriores.

FORMA DE PARTICIPACIÓN Y ACREDITACIÓN DE ACCIONES ELECTRÓNICAS

La mecánica para participar en la promoción, durante la vigencia de la misma, es la siguiente:
a. Quien desee participar en esta promoción deberá realizar dentro del plazo promocional al menos una transacción con su tarjeta OnePass HSBC de al menos diez mil colones o veinte dólares.
b. ATH administra y controla un sistema administrador que asignará una acción electrónica por cada 10.000 colones de transacción ó por cada 20 dólares ó por cada 10.000 colones de extrafinanciamiento desembolsado, que se realice dentro del plazo de la promoción, en la cuenta de cada tarjeta OnePass HSBC,
c. Por transacción deberá de entenderse ÚNICAMENTE cada cargo realizado en la cuenta de cualquiera de las tarjetas OnePass HSBC, que se haya realizado a efectos de CANCELAR efectivamente COMPRAS de productos o servicios en los comercios afiliados, que acepten el sistema de pago de HSBC. Así como los adelantos de efectivo que se realicen a la línea de crédito. También se incluye dentro de esta definición de transacciones los desembolsos de extrafinanciamiento que se haga sobre cuentas OnePass HSBC
d. Solamente las transacciones aprobadas y/o cargadas en la cuenta del tarjetahabiente titular y/o adicional, darán derecho a una acción electrónica. Dichas transacciones pueden haber sido realizadas por el titular de la cuenta o los propietarios de tarjetas adicionales, sin embargo, las acciones solo serán registradas a nombre del tarjetahabiente titular. Cualquier disputa del participante con terceros en cuanto a la titularidad del premio será un asunto ajeno a los organizadores.
e. La acreditación de cada una de las acciones electrónicas se hará en forma automática por el sistema administrador y no se requiere trámite adicional por parte del usuario.
f. Los residuos en montos de transacciones pueden ser acumulados.
g. No habrá tope o máximo de acciones a acreditar siempre y cuando se cumpla con lo establecido en este reglamento.

El sistema registrará la transacción en el momento en que los comercios hagan el reclamo del pago de la transacción respectiva.
Si una transacción hecha con la tarjeta no es reclamada para pago por el comercio, establecimiento o negocio en donde se realizó la transacción dentro del plazo de la promoción, no se acreditará acción alguna. El Banco no asumirá responsabilidad si la o las transacciones no fueron gestionadas para el cobro dentro del plazo en que se efectuó la transacción.

No participan en la presente promoción ni recibirán acciones electrónicas los pagos automáticos vinculados al sistema de MIS PAGOS (como son: los pagos automáticos de servicios públicos de agua, electricidad, teléfonos, seguros, servicios de conexión de Internet, membresías, cuotas, así como ningún otro cargo automático que tenga el titular de la tarjeta.) 

Los cargos revertidos harán que el tarjetahabiente pierda la o las acciones electrónicas correspondientes a dichos cargos.

PREMIOS, SORTEOS Y DIVULGACIÓN

La presente promoción ofrece y garantiza lo siguiente:

a. Para esta promoción se hará un único sorteo electrónico en el cuál se realizará de forma completamente aleatoria para elegir a un único ganador potencial.

b. El premio consiste en lo siguiente:

Según se indicó, el ganador recibirá dos boletos aéreos cerrados vía Copa Airline con destino a Río de Janeiro. Las características del premió serán las siguientes:

  1. La validez del certificado será de un (1) año a partir de la fecha del sorteo.
  2. La validez del tiquete será de 90 días naturales a partir de la emisión del boleto.
  3. El tiquete es en espacio confirmado.
  4. El tiquete no aplica  para fechas comprendidas entre el 15 de junio y el 15 de agosto, inclusive; entre el 15 de noviembre y el 15 de febrero, inclusive; siete (7) días naturales antes, durante ó siete (7) días naturales posteriores a la “Semana Santa”.
  5. El tiquete no es endosable, reembolsable ó transferible.
  6. El tiquete no permite cambio de ruta ó extensión de fecha.
  7. El tiquete no acumula millas, ni es elegible para ascensos de clase.
  8. El uso del tiquete debe solicitarse por lo menos con 22 días hábiles antes de la fecha de salida del vuelo.
  9. Es responsabilidad de los pasajeros el pago de todos los impuestos internacionales, de salida y del gobierno de acuerdo a los montos establecidos por las leyes de cada país y completar los requisitos migratorios de cada país.
  10. El ganador deberá presentar el certificado del premio entregado por el Banco al momento de solicitar a Copa Airline el boleto y reservación del viaje, lo anterior deberá efectuarse en las oficinas de Copa Airline ubicadas en el paseo colón, edificio torre mercedes, primera planta.
  11. El boleto no tiene valor comercial, no es canjeable o transferible

Cada ganador podrá escoger libremente a su acompañante, siempre y cuando éste cumpla con los mismos requisitos establecidos en el reglamento y se obligue a cumplir con las obligaciones establecidas en este reglamento.

El Organizador se reserva el derecho de seleccionar la línea aérea o de cambiar las fechas del viaje por razones de conveniencia u oportunidad.  El ganador y su respectivo acompañante solo podrán viajar en la fecha definida y por la línea aérea definida por los organizadores.  Si algún ganador o sus acompañantes no aceptan viajar en las fechas previstas o se separa del grupo por cualquier motivo durante el viaje, perderán su premio y deberá devolver al Organizador el valor de este.

El premio es para una persona ganadora un acompañante que este indique y no comprende beneficio alguno para terceros. El ganador deberá canjear su premio en las fechas indicadas en este reglamento (o en las que indiquen los organizadores) y no podrá apartarse de lo dispuesto por el organizador.

El premio no incluye los gastos personales en que incurra el ganador ni su acompañante para hacer efectivo su premio, ni tampoco cualquier otro rubro que no esté expresamente incluido en este reglamento, así como hotel, comidas, cargos extra, llamadas telefónicas o excursiones fuera de las contenidas en el programa establecido.

El pasaporte, las visas aplicables y el costo de cualquier documentación o trámite que deban hacer el ganador o sus acompañantes para poder retirar o disfrutar del premio, corre por cuenta de cada uno de ellos. El  ganador y su acompañante serán los únicos responsables ante las autoridades migratorias y aduanales en cualquier aspecto relacionado con el viaje.  Asimismo, serán responsables ante las autoridades del país de destino por su comportamiento.

En el supuesto que por motivos fuera del alcance de los organizadores se deba suspender el viaje, o cualquier porción del premio, o que realizarlo constituya un riesgo inaceptable para la integridad física y/o seguridad del participante, el Organizador tendrá la opción mas no la obligación de canjear los premios por otros de costo equivalente.

El ganador y su acompañante deberán cumplir con las leyes del país de destino y con las instrucciones que reciban de parte del organizador o de quienes participen en la prestación de cualquier porción del premio.  Deberán además portarse en forma respetuosa con el personal de cualquiera de las empresas que participen en el disfrute del premio por parte del ganador y sus acompañantes.  El incumplimiento de esta obligación podrá dar pie al retiro del premio y el cobro de los daños y perjuicios causados.  Cada ganador asume la responsabilidad ante los organizadores por el comportamiento de su acompañante.

El  premio es  indivisible, intransferible y no negociable.  Para ser acreedor de un premio, los participantes deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en el presente reglamento.

El premio no incluye gastos personales, ni cualquier otro gasto no señalado expresamente como cubierto. Los organizadores no se hacen responsables por cualquier costo en que deba incurrir el ganador para poder retirar o disfrutar el premio. 

El ganador para hacer efectivo su premio en las fechas indicadas en este reglamento (o en las que indiquen los organizadores) y no podrán apartarse de lo dispuesto por el organizador.

Cualquier disputa del participante con terceros en cuanto a la titularidad del premio será un asunto ajeno a los organizadores.

De ningún modo la persona favorecida podrá ceder ni vender el derecho a recibir su premio, sea parcial o totalmente.

El premio solo será entregado a la persona que resultó favorecida en el sorteo de esta promoción o su apoderado con facultades suficientes. El premio no es endosable  reembolsable, no acumula millas, ni es elegible para ascensos de clase, ni puede ser comercializado o canjeado por dinero en efectivo, sea parcial o totalmente.

El sorteo se realizará entre todas las acciones electrónicas que se hayan acreditado, a partir de la base de datos diseñada para estos fines. Los datos serán mezclados suficientemente en forma digital mediante funciones "random". De entre el total de acciones electrónicas se procederá a escoger al azar y aleatoriamente a la favorecida. El propietario de la acción elegida será el favorecido. En el sorteo se escogerá cuatro acciones adicionales, cuyos propietarios serán suplentes al favorecido, y que serán convocados en el mismo orden en que fueron elegidos, únicamente en el caso de que el primer favorecido no sea localizado, no cumpla el reglamento, sus datos son incongruentes con los que se aportaron para participar o simplemente no acepta el premio o se negare a firmar el documento de aceptación del mismo. Cada suplente tendrá las mismas obligaciones indicadas en este reglamento, si se le convoca.

Una vez elegida la persona favorecida, el Banco procederá a verificar que la tarjeta está al día y que no se encuentra moroso en sus operaciones con el Banco, para constatar la identidad y los datos del participante, y para determinar que cumple con los requisitos para ser declarado como ganador. Será responsabilidad del ganador potencial contactar a los organizadores para reclamar el premio dentro del plazo establecido al efecto. Cualquier intento que hagan los organizadores por hallar al ganador potencial no liberará a éste último de tal responsabilidad. Para reclamar efectivamente su premio, el ganador potencial deberá acudir al lugar que se le citará. Deberá presentarse acompañado de alguno de los padres o representante legal, con un documento que los acredite como tales. Los adultos, deberán portar su cédula de identidad o cualquier otro documento oficial que acredite su identidad, y firmar una declaración jurada de elegibilidad, y una liberación de responsabilidades en beneficio de los organizadores. Si el ganador potencial no fuese localizado ó no cumple con los requisitos reglamentarios para recibir el premio, de dicha circunstancia se dejará constancia en el acta notarial que se levante al efecto. En estos casos, se procederá a convocar al primer suplente, quien asumirá todas las obligaciones y responsabilidades de los favorecidos, sin responsabilidad alguna para con el primer ganador por parte del suplente o del Banco.

El Banco tratará de localizar al ganador potencial, con la información que éste haya brindado en su última actualización de datos. Si el ganador potencial no es localizado con dicha información y ésta no se encuentra actualizada, el Banco no asumirá ninguna responsabilidad, ni tendrá la obligación de verificar la  información. Sin embargo, el Banco podrá a su juicio, consultar otros medios, ello de una forma razonable, tal como la guía telefónica o la consulta al servicio de información 113, pero entendido de que no tendrá que realizar una investigación exhaustiva, pues es deber de todo cliente del Banco, mantener al día sus datos.

Es requisito indispensable que el favorecido firme el documento de aceptación y recibido conforme del premio, aceptando todas las limitaciones y condiciones que el premio represente y de tal forma liberará al Banco de toda responsabilidad. En el evento de que luego de haber aceptado un premio, el favorecido se negase a recibirlo o a culminar el papeleo respectivo, éste perderá su derecho al premio. De esta circunstancia se levantará un acta notarial.

Si una persona morosa en cualquiera de sus obligaciones con el Banco, es declarada como favorecida porque el Banco inicialmente no se percató de dicha situación, la situación de favorecida será nula y el Banco no se verá en la obligación de satisfacer el premio. Si el favorecido declarado entra en el estado de morosidad de forma posterior a su declaración, entonces para poder recibir el premio, deberá ponerse al día. El cliente tampoco debe haber sido codificado por alguna situación en la que haya hecho incurrir al Banco en pérdidas, sea en operaciones de cobro judicial, mal manejo de cuenta corriente, defraudaciones en perjuicio del Banco, esto de acuerdo con las políticas que posee el Banco.

El ganador definitivo del sorteo será dado a conocer por medio de boletines y/o correo electrónico, sin perjuicio de que el Banco lo pueda hacer en uno o más medios de comunicación masiva.

El Banco se compromete a entregar únicamente el premio que ha ofrecido con la presente promoción con las condiciones indicadas.

RECLAMO DE PREMIOS

El ganador tendrá un plazo máximo de quince días naturales a partir de la publicación de la identidad del ganador o de la notificación al ganador por parte del Banco para reclamar su premio. Pasada esa fecha sin que lo haga, se perderá el derecho de reclamar o hacer efectivo el premio, y el Banco no otorgará premio alguno ni tendrá ninguna obligación de hacerlo, Reclamado el premio, el Banco definirá y comunicará al favorecido la fecha, lugar y hora en que su premio será oficialmente acreditado y/o entregado. Si un premio no fuere entregado en tiempo o si fuese rechazado, por el motivo que sea, pasará a ser propiedad del Banco, quién podrá disponer de él en la forma que más le parezca.

Solo podrá reclamar el premio aquella persona que fue declarada como favorecida, quien deberá presentar su cédula de identidad y pasaporte vigente o cualquier otro documento de identificación válido y al día.

El Banco podrá verificar las transacciones realizadas por el tarjetahabiente tanto antes como después del sorteo. Las personas que no se puedan identificar, y las que presenten documentos que no coincidan con los datos que HSBC tiene en su Base de Datos, serán descalificadas, sin derecho a reclamo o apelación alguna.

El premio tiene una validez de 1 año a partir de la fecha del sorteo

RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

Cualquier asunto o situación que se presente con la promoción y que no se encuentre regulada por el presente reglamento, será resuelto por el Banco en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

Cuando un tarjetahabiente reporta su tarjeta como robada o extraviada, no perderá las acciones que ya haya acumulado y las mismas participarán para el o los sorteos que correspondan. En este caso, no será necesario que la tarjeta esté vigente, pero sí la cuenta que le permite tener una tarjeta de crédito.

El Banco no se hará cargo de ningún gasto en que incurra el favorecido a efectos de presentarse al Banco a reclamar su premio.

Si el favorecido no acepta el premio o sus condiciones, se tendrá a dicho premio como renunciado y extinguido para el favorecido, de todo lo cual se levantará un acta notarial y no tendrá derecho el favorecido derecho ulterior a cualquier reclamo o indemnización, ni siquiera parcialmente.

De llegarse a demostrar que una persona recibe un premio por medio de engaño, el Banco podrá hacer reclamo del premio entregado en cualquier momento, reservándose el derecho de realizar cualquier acción legal que corresponda.

El Banco podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el adecuado desenvolvimiento de la promoción, se reservará el derecho de suspenderla exonerado de cualquier tipo de responsabilidad, si se llegaren a detectar defraudaciones o cualquier otra irregularidad que suceda con las transacciones que se realicen con las tarjetas que pretendan participar, o si se presentara una circunstancia de fuerza mayor que afecte gravemente los intereses de la empresa Banco. Esta circunstancia se comunicará de forma pública y desde esa fecha la promoción cesará.

El hecho de participar en la promoción hará presumir a los organizadores que los participantes consienten que su nombre, voz e imagen sean utilizados en programas de televisión, publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación con fines promocionales que los organizadores deseen hacer con relación a la promoción, ya sea durante el plazo promocional o una vez vencido el mismo.  Esta autorización no implicará deber alguno de remunerar o compensar al participante.  Adicionalmente, el ganador potencial y sus acompañantes deberán firmar una autorización expresa para el uso de estos derechos de imagen como condición para que se les entregue el premio.
 
Los organizadores son responsables únicamente por la entrega del premio indicado en el presente reglamento y por la aplicación del mismo.  El ganador del premio será responsable del uso y disfrute que le den a los mismos desde el momento en que entren en posesión de ellos. 

Al participar, los participantes liberan de responsabilidad a los organizadores, empresas afiliadas, y demás involucrados en esta promoción, así como a sus ejecutivos, empleados, representantes o agentes por cualquier daño que surja directa o indirectamente como consecuencia de su participación en la promoción, o que resulte en forma directa o indirecta de su aceptación, retiro o posesión del premio, o bien del hecho que su identidad se haga pública en ocasión de haber participado y/o ganado en la promoción

Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad de los organizadores por: a) Gastos incurridos para participar o para hacer efectivo el premio; b) Intervenciones humanas no autorizadas por parte de terceros que alteren el desarrollo de la promoción; c) Daños sufridos a la integridad o bienes del ganador o de terceros que se produzcan en ocasión de esta promoción o durante las actividades que realicen al disfrutar de sus premios.

La presente promoción será válida y surtirá efectos únicamente dentro de la República de Costa Rica.

Ninguna disposición de la presente promoción se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes diferente a la que nace del tráfico normal en el comercio.  Ningún participante o ganador de la promoción, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante, o agente de la compañía organizadora.  Con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad.

Para mayor información o consultas se puede llamar al número telefónico: (506) 2287-1111 la respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento.

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